Gremial

Cláusula C: la AFJM recurrió la Resolución 530/2026

La Asociación de Funcionarios Judiciales de Mendoza interpuso recurso jerárquico contra la Resolución N.º 530/2026, dictada por el Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial.

La resolución rechazó el pedido de la AFJM de mantener vigente la Cláusula C en las negociaciones salariales, dejando sin efecto más de una década de acuerdos paritarios.

El argumento del Gobierno

El Gobierno sostiene que incluir la Cláusula C en paritarias viola el artículo 28 de la Ley de Presupuesto N.º 9.681, al considerarla un mecanismo de ajuste automático.

Desde la AFJM rechazamos ese criterio: la Cláusula C no es un mecanismo automático, sino una herramienta para evitar que se amplíe la brecha salarial entre funcionarios y magistrados. Su aplicación requiere siempre una negociación posterior en el ámbito paritario.

Una doble vara

Mientras se cuestiona la continuidad de la Cláusula C para los funcionarios judiciales, el Estado mantiene vigente un régimen automático para los magistrados provinciales, establecido por el Decreto 838/08 y ratificado por la Ley 7.854.

Es decir: se cuestiona para los funcionarios una cláusula que no es automática, mientras se sostiene un mecanismo automático para magistrados.

La posición de la AFJM

La Asociación ya interpuso el recurso jerárquico contra la Resolución 530/2026, con reserva de acudir a la OIT y de plantear el caso federal.

Desde la AFJM seguimos defendiendo la vigencia de la Cláusula C, el salario funcionario y los derechos conquistados en el ámbito paritario.

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